A- de 1998
Ponente Alejandro Martínez Caballero
✓Demandante Baquero Gonzalo Y Cia Ltda·Demandado Tribunal Superior Sala Civil Familia De Barranquilla
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Improcedencia de recursos
- Constituye un procedimiento especial
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se remitió al Juez competente, a la mayor brevedad, el escrito del solicitante para ponerlo en conocimiento sobre la petición.
Igualmente explicó la Corte que es improcedente el recurso interpuesto por el actor, toda vez que el auto de Sala de Revisión no tiene apelación, luego no es susceptible de súplica, de conformidad con el Art. 348 del Código de Procedimiento Civil.
En lo que tiene que ver con el recurso de súplica, salvo expresa disposición legal, dicho recurso tal como lo establece el Art. 363 del CPC, procede contra autos que por su naturaleza sean apelables, dictados por el magistrado ponente en el curso de la segunda o única instancia, o durante el trámite de la apelación o casación del auto.
Es claro que el auto fue proferido por la Sala y no por el magistrado ponente, lo que desvirtuaría la posibilidad de que operara el recurso de súplica ante esta eventualidad.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- 1. Remitir al Juez Dieciocho Civil Municipal de Barranquilla, a la mayor brevedad, el escrito del solicitante.
- 2. Saquese copia del escrito de la referencia y enviese a Unidad de Tutela con el fin de que se determine la existencia de un expediente relativo a Rafael Joaquin Fernandez y Carmen Olaciregui Llinas contra la Jueza Trece Civil Municipal de Barranquilla, remitido por la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casacion Penal, con destino a la Sala de Seleccion, para lo de su competencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.